Absuelven a un conductor pontés de ir ebrio al volante porque el etilómetro estaba mal

El acusado colisionó contra dos coches aparcados en una calle de la villa
[La Voz de Galicia, por F.V.] El mal estado en que se encontraba el etilómetro que utilizaba la Policía Local de As Pontes en abril del 2006 ha llevado a la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ferrol a poner en duda los resultados. Consecuentemente, a absolver a un conductor que sufrió un accidente en una calle de la villa y que había bebido alcohol.


La sentencia dice que el siniestro ocurrió sobre la una de la madrugada del 16 de abril del 2006. D. M. V., de 22 años, iba al volante de un Peugeot modelo 306, por la calle Rosalía de Castro y colisionó contra un turismo BMW aparcado en la margen derecha de la calzada, que se desplazó contra otro automóvil estacionado a su lado. Luego el coche del acusado se fue contra otro vehículo aparcado en el lado derecho.
Una patrulla de la Policía Local de As Pontes se desplazó al lugar e invitó al conductor a realizar la prueba. El resultado fue de 0,55 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.
Los agentes dijeron que el conductor presentaba síntomas como cierta verborrea, cara algo sudorosa y congestionada y ojos brillantes, pero en general con un comportamiento normal.
Civil y penal
La ocupante del automóvil que causó el accidente sufrió lesiones, si bien renunció a cualquier reclamación civil o penal. Tampoco los propietarios de los tres automóviles afectados por la colisión han reclamado, tras ser resarcidos por los daños sufridos por la Mutua Madrileña del Automóvil, que aseguraba el coche.
Sin embargo, el tribunal sostiene que no se acreditó que las bebidas consumidas previamente por el acusado hubieran afectado a sus facultades hasta el punto de impedirle una conducción segura de su turismo y sin riesgo para terceras personas.
Porque la sentencia pone en duda el buen funcionamiento del etilómetro. Un agente de la patrulla que intervino declaró que el aparato no estaba bien. De hecho, en ninguno de los tiques expedidos por el mismo aparecía un resultado final debido a alguna interferencia o interrupción de la prueba.
La patrulla tampoco indicó en su informe que su comportamiento fuese de un bebido. Más bien sostuvo que era normal y que en todo momento mantuvo que el accidente había sido fruto de un despiste cuando manipulaba el cedé del coche. Además la calle era bastante estrecha, con turismos estacionados a ambos lados.
Aunque no se le considera autor de un delito, la sentencia sostiene que el conductor puede ser castigado con una sanción de carácter administrativo (multa).

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