El Gobierno regula el uso de drones en España
El Consejo de Ministros ha aprobado un marco regulatorio temporal para el uso civil de aeronaves no tripuladas (más conocidas como drones) en el espacio aéreo español. Esta normativa define los requisitos exigidos a los aparatos voladores, así como las obligaciones de los pilotos que los utilicen en materia de formación y seguridad de uso.
Tal como ha explicado la ministra de Fomento, Ana Pastor, la norma provisional pretende “aprovechar el gran potencial económico que tiene este sector emergente” que hasta ahora se encontraba en un vacío legal. La ministra añade que el marco regulatorio permitirá que España se adapte “al desarrollo de las nuevas tecnologías pero garantizando la seguridad”.
El Gobierno prevé que los drones sirvan en tareas de investigación y desarrollo, extinción de incendios, levantamientos aéreos, filmación y vigilancia, publicidad aérea, operaciones de emergencia, búsqueda y salvamento, entre otras actividades. En cuanto a los drones permitidos se contemplan tres categorías: Inferiores a dos kilos, hasta 25 kilos y con pesos superiores a 25 kilos, pero en ningún caso de más de 150 kilos.
Los drones civiles con pesos de menos de 25 kilos al despegue no necesitarán estar inscritos en el Registro de Matrícula de Aeronaves, pero en todo caso deberán tener una placa identificativa en el aparato. Por su parte, los encargados de manejar la aeronave deberán contar con cualquier licencia de piloto, incluyendo la de ultraligeros.
De momento, esta normativa solo se refiere a cierto tipo de actividades civiles dado que el Ministerio prohibía en abril el uso de drones para fines comerciales en el espacio aéreo de España. Además, estos dispositivos están considerados por la Organización de Aviación Civil Internacional como aeronaves, por lo que según la legislación aeronáutica vigente en Europa no se permite su vuelo en determinadas situaciones.