El TSXG revoca una sentencia que rebajaba el IAE de la térmica cuando parase algún grupo

[La Voz de Galicia] La sección correspondiente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha revocado una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol que concedía a Endesa una rebaja del IAE cuando alguno de los grupos de la central térmica estuviese parado. En los últimos años, la compañía paralizó en diferentes ocasiones parte de su equipo de producción para someterlo a diferentes cambios.


En concreto, Endesa había paralizado su grupo 3 -el complejo cuenta con cuatro grupos generadores- dentro de su programa de ajuste de la planta a las nuevas normas de emisión de gases a la atmósfera dictadas por la Unión Europea.
El juzgado de Ferrol consideró que el Concello de As Pontes, receptor de este impuesto, carece de competencias para denegar la petición de la compañía en el sentido de rebajar la cuota.
El TSXG no lo ve así al analizar el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales que indica que la liquidación y recaudación del impuesto «se llevará a cabo por los ayuntamientos y comprenderá las funciones de concesión y denegación de exenciones y bonificaciones, realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las deudas tributarias, emisión de los instrumentos de cobro, resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos, resolución de los recursos que se interpongan contra dichos actos y actuaciones para la información y asistencia al contribuyente».
El decreto
Por ello, el TSXG estima el recurso de apelación que interpuso el Concello pontés contra la sentencia de Ferrol. El Ayuntamiento, con fecha de julio del pasado año, había denegado ya la petición de Endesa, formulada por la vía de un recurso de reposición en la fase administrativa del proceso. El ponente de la sentencia fue el magistrado José María G. Díaz-Castroverde.

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