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Luz verde al proyecto para bloquear rápidamente páginas de descargas

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El Consejo de Ministros ha aprobado el texto del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible, en el que se incluye una serie de modificaciones legales -incluso una posible reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial- para permitir el bloqueo de sitios web que faciliten la descarga no autorizada de contenidos protegidos.


El texto prevé un procedimiento administrativo inicial -mediante una denuncia ante el Ministerio de Cultura- y, de persistir las conductas denunciadas, uno judicial ‘ultrarrápido’. De llegar a este último paso, el plazo máximo para decretar el cierre cautelar podría quedarse en cuatro días.
a primera parte del proceso será puramente administrativo. Será la Comisión de Propiedad Intelectual, una entidad administrativa que depende de Cultura, la que canalice las denuncias de los titulares de derechos de autor hacia aquelos sitios web que faciliten la descarga de archivos en la Red.
Una vez recibida la denuncia, la Comisión de Propiedad Intelectual -órgano que estará integrado por integrado por expertos en propiedad inletectual e internet- decidirá en cada caso si se están infringiendo derechos de propiedad intelectual y lo notificará en caso afirmativo al responsable de cada sitio web.
Los sitios denunciados dispondrán de un plazo de alegaciones, tras el cual, si la Comisión de Propiedad Intelectual estima que se sigue infringiendo la ley, ordenará la retirada del material o el bloque de la ley. De persistir la supuesta infracción, la Comisión solicitará al juez el bloque o cierre del sitio de manera cautelar.
Modificaciones
El texto ha sido modificado, según la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, y se a introducido un “procedimiento más judicializado”.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, explicó que de aprobarse la serie de modificaciones que prevé la nueva ley, “permitirá recibir quejas de los ciudadanos, investigarlos, y ponerlo en conocimiento primero al titrular del web, y si no se modifica su comportamiento, ponerlo en conocimiento del juez para que en su caso pueda adoptar medidas cautelares”.
Caamaño destacó que se propone para el cierre de sitios web por orden del juez el “el procedimiento más ágil que existe en nuestro derecho, que es el que protege derechos fundamentales”. concretamente, se refirió a una reforma del artículo 122 de la Ley de Procedimiento Administriativo Común, de manera que “en el plazo máximo de cuatro días” después de la solicitud del cierre cautelar el juez deberá emplazar a las partes para adoptar una medida en unn sentido u otro.

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